La CNMC exige registro de alias para el envío de SMS y MMS en España
Desde el 15 de septiembre, las empresas deben inscribir sus alias en el Registro de la CNMC para evitar el bloqueo de mensajes. La falta de registro puede resultar en la suplantación de identidad.
Las empresas que envían SMS, MMS o RCS a números españoles deben registrar su alias en el Registro de la CNMC desde el 15 de septiembre. Esta medida busca prevenir fraudes por suplantación de identidad.
Si un alias no está registrado y validado, los operadores bloquearán los mensajes, permitiendo que solo se muestre el número de teléfono del remitente. Esto implica que los usuarios no verán el nombre de la empresa que envía el mensaje.
Recomendaciones para las empresas
CEPYME ha alertado que la CNMC comenzará a rechazar los alias que llevan tiempo pendientes de autorización, algunos desde antes de agosto, cuando el plazo para su validación era de 10 días. Por ello, se recomienda a las empresas revisar si han recibido alguna comunicación de la CNMC y, en caso afirmativo, autorizar el alias que haya indicado su proveedor de mensajería.
Para más información, las empresas pueden consultar la web de la CNMC.